Programa de Estímulo relativo al pago de Impuesto Predial durante los meses de enero, febrero y marzo 2024
 
 Bonificaciones:


A fin de apoyar e incentivar a las y los contribuyentes sujetos al pago del Impuesto Predial base Valor Catastral del Municipio de Mérida, se autorizó crear un Programa de Estímulo relativo al pago de la anualidad del Impuesto Predial base Valor Catastral en una sola exhibición, que se efectuó durante los meses de ENERO, FEBRERO y MARZO, para el ejercicio fiscal 2024.

La bonificación consistió en otorgar el 30% en el mes de enero, 15% en el mes de febrero y 8% en el mes de marzo.

Adicionalmente a lo establecido en el párrafo que antecede, las y los contribuyentes que realizaron su pago en línea a través del portal o página web del Ayuntamiento de Mérida, durante los meses de enero, febrero y marzo del ejercicio fiscal 2024, se les otorgó una bonificación adicional del 5%, sobre la cantidad que resultó de dicha bonificación.
Mes en el que se paga el equivalente a una anualidad en una sola exhibición
Factor de bonificación
Factor de bonificación adicional, por pago a través de internet
Enero
0.30
0.05
Febrero
0.15
0.05
Marzo
0.08
0.05
 

 Facilidades de pago:

- Meses sin intereses, pagando con tarjeta de crédito. Consulta las promociones por cajas recaudadoras
- Reconocimiento de adeudo y pago en parcialidades. (Para esta modalidad no aplica la bonificación del 30%, 15% y 8% y se debe cubrir la anualidad 2024).
 

 Formas de pago:

- Cheque. Expedido a favor del Municipio de Mérida Yucatán. Cuando el importe sea mayor a $5,000.- deberá estar certificado. En caso de ser foráneo deberá estar certificado independientemente del importe.
- Tarjeta de crédito o débito
- Efectivo
- Transferencia electrónica. Para realizarlo a través de este medio deberá solicitar los datos al siguiente correo: tesoreria.spei@merida.gob.mx
 

 Vigencia del Programa:

El “Programa de Estímulo relativo al pago de Impuesto Predial durante los meses de enero, febrero y marzo 2024” tuvo vigencia del 01 de enero hasta el 31 de marzo del año 2024.
Acuerdo autorizado en la Gaceta Municipal 2,239 del 22 de diciembre de 2023.
 
 



Programa de Estímulo para Jubilados, Pensionados, Personas Adultas Mayores y Personas Adultas con Discapacidad respecto del pago del Impuesto Predial 2024

  El Ayuntamiento de Mérida autorizó crear un Programa de Estímulo para Jubilados, Pensionados, Personas Adultas Mayores y Personas Adultas con Discapacidad, respecto al pago del Impuesto Predial Base Valor Catastral, el cual consistió en subsidiar total o parcialmente el mencionado Impuesto correspondiente al ejercicio fiscal 2024. El estímulo se otorgó cuando el pago del impuesto predial correspondiente a la anualidad del ejercicio fiscal 2024 se realizó en una sola exhibición, durante los meses de enero, febrero o marzo de ese mismo año.  
Requisitos Generales:
1.- Ser propietaria o propietario de un solo predio.
2.- Haber cubierto el predial hasta diciembre 2023.
 
% de subsidio en el pago de predial
Valor catastral del inmueble
100%
De $0.01 hasta $400,000.00
75%
De $400,000.01 hasta $600,000.00
50%
De $ 600,000.01 hasta $800,000.00
 
Requisitos Específicos:
Jubiladas/os y Pensionadas/os:
- Copia de credencial vigente de jubilada(o) o pensionada (o).
- Original para cotejo y copia del recibo de ingresos (no mayor a 3 veces la UMA (Unidad de Medida y Actualización) elevado al mes (108.57*3*30.4) = $9,901.58)
 
Personas Adultas Mayores:
- Copia de la credencial vigente del Instituto Nacional de las Personas de Adultas Mayores (INAPAM).
 
Personas con discapacidad:
- Copia de la Credencial Nacional para Personas con Discapacidad emitida por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia o, en su caso, credencial que emita el Centro de Rehabilitación y Educación Especial (CREE) del DIF Yucatán.
 
Observaciones:
1.- En caso que el predio estuviere a nombre de la o del cónyuge o concubino, de la o del jubilado o pensionado, persona adulta mayor o persona adulta con discapacidad, se debió entregar copia del acta de matrimonio o instrumento jurídico que acredite la relación del concubinato, según corresponda.
2.- Las personas que, de conformidad con lo anterior, se hubieren considerado con el derecho a recibir el beneficio del Programa de Estímulo, debieron realizar el trámite que corresponda, durante el período de vigencia del referido programa.
3.- Quienes se hayan registrado o hayan recibido el estímulo años anteriores, gozaron durante la vigencia de este Programa, del mismo porcentaje del beneficio que les fue otorgado a excepción de que en el año 2024 o durante la vigencia de este programa:
- Hubieren transmitido la propiedad del inmueble
- Hubieren adquirido un predio adicional al que se tenía registrado para el subsidio
 

 Vigencia del Programa:

El “Programa de Estímulo para Jubilados, Pensionados, Personas Adultas Mayores y Personas Adultas con Discapacidad respecto del pago del Impuesto Predial 2024” tuvo vigencia del 01 de enero hasta el 31 de marzo del año 2024.
Acuerdo autorizado en la Gaceta Municipal 2,239 del 22 de diciembre de 2023.