¿Cuánto se paga de predial?
¿Cuánto se paga de predial?
El monto a pagar por concepto del impuesto predial se fija tomando como bases el valor catastral del inmueble y la contraprestación que produzcan los inmuebles, los terrenos o las construcciones ubicadas en los mismos y que por el uso o goce fuere susceptible de ser cobrada por la propietaria o el propietario, la fideicomisaria o el fideicomisario o la usufructuaria o el usufructuario, independientemente de que se pacte en efectivo, especie o servicios.
Cuando la base del impuesto predial sea el VALOR CATASTRAL del inmueble, el impuesto se determinará aplicando al valor catastral la siguiente:
La diferencia entre el valor catastral y el límite inferior (1) se multiplicará por la tasa aplicable (2) y el producto obtenido se sumará a la cuota fija (3).
Cuando el resultado de la aplicación de la tarifa sea menor a 1.0 veces la unidad de medida y actualización, se considerará este como valor mínimo (Artículo 47 de la Ley de Hacienda del Municipio de Mérida)
Ejemplo:

Las y los contribuyente que pagaron el impuesto predial correspondiente a una anualidad, durante los meses de enero, febrero y marzo de dicho año, gozaron de una bonificación del 30%, 15% y 8% respectivamente sobre el importe de dicho impuesto.
Adicionalmente a lo establecido en el párrafo que antecede, las y los contribuyentes que realizaron su pago en línea a través del portal o página web del Ayuntamiento de Mérida, durante los meses de enero, febrero y marzo del ejercicio fiscal 2023, se les otorgó una bonificación adicional del 5%, sobre la cantidad que resultó de dicha bonificación.
Cuando la base del Impuesto Predial, sea
VALOR CONTRAPRESTACIÓN, rentas, frutos civiles o cualquier otra contraprestación generada por el uso, goce o por permitir la ocupación de un inmueble por cualquier título, el impuesto se pagará mensualmente conforme a la siguiente tabla:
Se pagará con esta base siempre y cuando, al determinarse el impuesto conforme a la tarifa establecida diere como resultado un impuesto mayor al que se pagaría sobre la base del Valor Catastral.
Ejemplo 1:
Impuesto del Predio Base Valor Catastral = 862.00
(Renta)
Base Contraprestación:
$15,000.00 X 0.05 = $ 750.00 mensual
En base a este resultado se pagaría el Impuesto Predial base Valor Catastral. (Valor Mayor 862.00)
Ejemplo 2:
Impuesto del Predio Base Valor Catastral = 862.00
(Renta)
Base Contraprestación:
20 000.00 X 0.05 = $ 1000.00 mensual
En base a este resultado se pagaría el Impuesto Predial Base Contraprestación. (Valor Mayor 1000.00)
¿En dónde se Paga?
El Ayuntamiento del Municipio de Mérida, Estado de Yucatán, para cubrir los gastos de su administración y demás obligaciones a su cargo, percibirá, por conducto de su Hacienda Pública, los ingresos; y el único órgano de la administración facultado para recibir los ingresos y realizar los egresos será la Dirección de Finanzas y Tesorería Municipal. Para lo cual dicha dirección dispone y autoriza las cajas recaudadoras ubicadas en el Municipio de Mérida y a través de internet en www.merida.gob.mx/predial