TERRITORIO Y VIVIENDA,CONSTRUCCIÓN
Descripción del trámite o servicio:
La Factibilidad de Uso del Suelo es el documento que otorga la Dirección de Desarrollo Urbano a solicitud de la parte interesada y en el cual se informa si es factible un Desarrollo Inmobiliario de determinado tipo en el predio o predios solicitado(s) por el fraccionador de acuerdo con lo establecido en los programas de desarrollo urbano, leyes, reglamentos y demás normas aplicables
¿Qué beneficio se obtiene con este trámite o servicio?
Es una herramienta útil para los fraccionadores para la toma de decisiones con respecto al uso o destino de un predio o inmueble a ocupar
¿En que casos debe presentarse este trámite o servicio?
Cuando requiere un dictamen de factibilidad de uso de suelo, para la construcción de un desarrollo inmobiliario.
Documento que se obtiene:
Factibilidad de uso del suelo para desarrollos inmobiliarios
Tiempo de resolución del trámite o servicio:
Si no recibió una respuesta de la autoridad municipal, o se encuentra inconforme con la que recibió, consulte la información sobre los medios de impugnación y la negativa ficta en:
ver página
Vigencia del documento que se obtiene:
¿Requiere de una Inspección o Visita municipal?
La Dirección de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Mérida y con fundamento en los Artículos 27 párrafo tercero y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Artículo 11, inciso 11 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, los Artículos 13 fracción V, 23, 74 y 75 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Yucatán y los Artículos 1, 2 fracción II, 4, 25, 26, 27, 29, 30, 31, 36, 37 fracción XVII, 38, 43 inciso a, 45, 83 fracción VII y 91, 92, 93, 94, 95, 99 del Reglamento de Construcciones del Municipio de Mérida, establece que la solicitud realizada por:
Artículos 75 y 76 de la Ley de Hacienda del Municipio de Mérida (LHMM)
Sitio de internet (informativo):
Plazo de prevención y cumplimiento:
Se cuenta con
5
día(s) de plazo para prevención al solicitante y con
365
día(s) para que el solicitante cumpla con la prevención.