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Trámite: Dictamen de Corte de Árbol en la Vía Pública

Alias : Dictamen corte de árbol
Denominación del área(s) responsables : Unidad de Desarrollo Sustentable/Despacho del Director
Homoclave : T-UDS/INV/290
Fecha de actualización : 2023-04-26

Vía telefónica
Presencial

Categoría:
CONSTRUCCIÓN,MEDIO AMBIENTE
Descripción del trámite o servicio:
Consiste en emitir un dictamen de corte de árbol en la vía pública a la persona que lo solicite. Se recibe la solicitud de la ciudadanía para el corte de árboles en la vía pública. Se acude a verificar físicamente las condiciones en las que se encuentra el árbol y los daños o riesgos que representa para la ciudadanía o a las construcciones. Se analiza por el Comité de Flora, compuesto por especialistas en la materia, para dictaminar las posibles soluciones, siendo el corte o tala la última opción. El corte de árbol en la vía pública requiere de este trámite para poder realizarlo.
¿Qué beneficio se obtiene con este trámite o servicio?
Tener la certeza que se proteja el arbolado en la vía pública, así como también que no cause molestias o daños a las y los ciudadanos o cause daños a sus viviendas o construcciones.
¿Quiénes y en qué casos debe presentarse este trámite o servicio?
Cuando se requiere cortar un árbol que se encuentra en la vía pública por motivos de construcción o daños a la vivienda. La solicitud del Dictamen de Corte de Árbol en la vía pública no implica la autorización del corte del árbol. La persona solicitante podrá realizar por sus propios medios los trabajos autorizados derivados del Dictamen de Corte de Árbol en la Vía Pública siempre y cuando tenga por escrito la autorización correspondiente. En caso de que el Ayuntamiento sea quien ejecute los trabajos autorizados derivados de un Dictamen de Corte de Árbol en la Vía Pública, la autorización corr
Documento que se obtiene:
Dictamen de corte de árbol (es).

Este trámite o servicio requiere conservar información para fines de acreditación, inspección y verificación.
Tiempo de resolución del trámite o servicio:
15 días hábiles a partir del día hábil siguiente a la recepción e la solicitud. Este dictamen se emite a nombre de la persona o entidad que realizará los trabajos que en ésta se determinen.
Si no recibió una respuesta de la autoridad municipal, o se encuentra inconforme con la que recibió, consulte la información sobre los medios de impugnación, la positiva y negativa ficta en: ver página
Vigencia del documento que se obtiene:
60 días naturales a partir de la fecha de expedición del Dictamen de Corte de Árbol
¿Requiere de una Inspección o Visita municipal?
Objetivo de la Inspección o Visita:
La visita se realizará en la ubicación del o (los árboles) en la vía pública para recoger datos del árbol o árboles, de su situación y sus características para determinar la procedencia, o improcedencia, de las solicitudes para el corte de árboles en la vía pública.

Inspecciones: ver página

REMTyS: ver página
Fundamento legal:
Artículos 28, 29, 33, 34, 44, 45 y 53 del Reglamento para la Protección y Conservación del Arbolado Urbano del Municipio de Mérida, publicado en la Gaceta Municipal Número 583 del 8 de junio de 2016.
Sitio de internet (informativo):
TRÁMITE EN LÍNEA:
  • Se ingresa al sitio web ver página
  • Se proporciona la información que allí se solicita.
  • Se le asigna un folio a su solicitud, la cual se envía al correo electrónico proporcionado, con el cual se podrá conocer el estatus vía telefónica en Ayuntatel al: 9999244000
  • Personal autorizado realiza la inspección donde se recaba la información y se toman las fotos necesarias
  • Se analiza la solicitud en el Comité de Flora
  • Se determina el trabajo a realizar.
  • Se elabora el dictamen que contiene los trabajos autorizados para llevar a cabo.
  • Se canaliza a la persona o institución quien realizará el trabajo autorizado por sus propios medios, o bien, a los departamentos de parques y jardines poniente u oriente para programar el servicio.
VÍA TELEFÓNICA:
  • Llamar Ayuntatel al 9999244000
  • Proporcionar la información solicitada tal como ubicación del árbol, motivo de la solicitud, nombre de la persona solicitante y teléfono de contacto
  • Se le asigna un folio a su solicitud con el cual se podrá conocer el estatus vía telefónica en Ayuntatel al: 9999244000
  • Personal autorizado realiza la inspección donde se recaba la información y se toman las fotos necesarias
  • Se analiza la solicitud en el Comité de Flora
  • Se determina el trabajo a realizar.
  • Se elabora el dictamen que contiene los trabajos autorizados para llevar a cabo.
  • Se canaliza a la persona o institución quien realizará el trabajo autorizado por sus propios medios, o bien, a los departamentos de parques y jardines poniente u oriente de la Dirección de Servicios Públicos Municipales para programar el servicio.
  • Nota: En caso de solicitud por motivo de construcción no se podrá realizar de forma telefónica, solo presencial o en línea.
PRESENCIAL:
  • Se recibe la solicitud en las oficinas de la Unidad de Desarrollo Sustentable y se turna a la coordinación responsable del área
  • Se le asigna un folio a su solicitud con el cual se podrá conocer el estatus vía telefónica en Ayuntatel al: 9999244000
  • Personal autorizado realiza la inspección donde se recaba la información y se toman las fotos necesarias
  • Se analiza la solicitud en el Comité de Flora
  • Se determina el trabajo a realizar.
  • Se elabora el dictamen que contiene los trabajos autorizados para llevar a cabo.
  • Se canaliza a la persona o institución quien realizará el trabajo autorizado por sus propios medios, o bien, a los departamentos de parques y jardines poniente u oriente para programar el servicio.
CRITERIOS DE RESOLUCIÓN:
La solicitud del Dictamen de Corte de Árbol en la vía pública no implica la autorización del corte del árbol.

La persona solicitante podrá realizar por sus propios medios los trabajos autorizados derivados del Dictamen de Corte de Árbol en la Vía Pública siempre y cuando tenga por escrito la autorización correspondiente

En caso de que el Ayuntamiento sea quien ejecute los trabajos autorizados derivados de un Dictamen de Corte de Árbol en la Vía Pública, la autorización correspondiente será turnada al área encargada y será atendida según los programa de trabajo de dicha dependencia.

El (los) árbol (es) en cuestión debe(n) estar en la vía pública, no dentro de los predios (propiedad privada).

En los casos que el árbol o árboles represente un riesgo inminente para la ciudadanía, no será necesario someterlo al Comité de Flora , tal como se especifica en el artículo 34 fracción I del Reglamento de Conservación y Protección del Arbolado Urbano del Municipio de Mérida

La autorización de corte se dará en los siguientes casos:

Que los daños que causa el (o los) árbol (es) a la propiedad privada o pública estén contemplados en la reglamentación municipal como una causa probable de corte

Que el árbol está muerto o visiblemente enfermo

Que el árbol sea causante de rotura de bardas, paredes, columnas, fosas sépticas, terrazas, ventanas, rejas, tubería, drenajes, pozos, escarpas o banquetas, obstrucción al paso de peatones, riesgo de caída en propiedad privada o pública, afectación a cableado y/o luminarias entre otras.

No exista otra solución posible.

Si no recibió una respuesta de la autoridad municipal, o se encuentra inconforme con la que recibió, consulte la información sobre los medios de impugnación y la negativa ficta en: ver página
Total de requisitos: 4
  1. Nombre y Dirección de la persona solicitante
    Descripción: Identificación oficial vigente
    Presentación: Original
    Información complementaria: INE, Pasaporte o Licencia de conducir
    Tipo de requisito: Archivo digital

  2. Plano aprobado por Desarrollo Urbano
    Descripción: El plano se puede entregar de forma física (plano de 60cm por 90 cm) o archivo digital en formato PDF a 300 dpi
    Información complementaria: Este documento solo se necesitará si la solicitud es por motivos de construcción.
    Tipo de requisito: Archivo digital

  3. Permiso de Construcción
    Descripción: Permiso de Construcción, es el documento expedido por la Dirección de Desarrollo Urbano, por el cual se autoriza a los propietarios construir, ampliar, modificar, reparar, desmantelar o demoler las edificaciones o instalaciones, en los predios o inmuebles.
    Información complementaria: Este documento solo se necesitará si la solicitud es por motivos de construcción.
    Tipo de requisito: Archivo digital

  4. Ubicación donde se encuentra el árbol para el cual se solicita el dictámen
    Descripción: Dirección donde se ubica el árbol para el cual se solicita el dictámen. Este deberá estar en la vía pública
    Información complementaria: Puede ser un documento, de manera verbal o através del formulario en línea
    Tipo de requisito: Archivo digital

Solicitud de dictamen de corte de árbol en la vía pública
Descripción: Solicitud para el dictamen de corte de árbol en la vía pública donde se indique la ubicación del mismo y motivo por el cual se solicita. En caso del trámite en línea, se debera llenar el formulario que aparece en la página http://www.merida.gob.mx/municipio/sitiosphp/sustentable/contacto/dictamen-corte-de-arbol.phpx
Forma de presentación: ESCRITO LIBRE
Solicitud de dictamen de corte de árbol en la vía pública
Descripción: La solicitud se puede hacer vía telefónica por Ayuntatel al proporcionando la dirección de donde se encuentra el árbol.
Forma de presentación: TELEFONICO
Gratiuto
Palacio Municipal:
Calle 62 sin número entre 61 y 63 Colonia Centro
De lunes a viernes de 8:00 a.m. a 8:00 p.m. Sábados de 9:00 a.m. a 1:30 p.m.



Centro Educativo y Vivero Interactivo (Unidad de Desarrollo Sustentable):
Calle 10 No. 106 X 23 y 25 Fracc. Mulsay C.P. 97246
De lunes a viernes de 8:00 am a 3:00 pm